Abierto el plazo para solicitar la beca para libros y material en segundo ciclo de Educación Infantil
El plazo de solicitud de las becas finaliza el próximo 26 de
noviembre y se concederá un máximo de 100 por menor hasta agotar el crédito
presupuestario de 30.000 euros
La Concejalía de Educación ha puesto en marcha las becas en régimen de
concurrencia competitiva, que concede directamente el Ayuntamiento de Jumilla
para la adquisición de material didáctico y libros de textos para alumnado
matriculado en segundo ciclo de Educación Infantil durante el curso 2025-2026.
El periodo para solicitar estas ayudas está ya abierto hasta
el próximo miércoles 26 de este mismo mes y las ayudas concedidas serán de un
máximo de 100 euros por menor hasta agotar el crédito presupuestario fijado en
30.000 euros.
Según la concejal María del Carmen Cruz: “El objetivo de
este tipo de ayudas es contribuir con las familias del municipio en la
adquisición de libros y material didáctico para los niños y niñas del segundo
ciclo de Educación Infantil”. Como también ha explicado la concejala, el
requisito para obtener esta beca será que los ingresos de la unidad familiar en
el año 2024 no hayan superado los umbrales máximos.
Las solicitudes de estas becas se podrán realizar a través
de la sede electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial, para lo que será
necesario solicitar cita previa en el teléfono 968 782 020 (extensión 332 o
269) o a través de la web municipal. Las personas interesadas deberán presentar
solicitud según modelo y adjuntar al expediente la factura justificativa de la
adquisición de libros o material didáctico complementario, por cuantía igual o
superior a la cuantía de la ayuda y de fecha anterior al 10 de octubre.
También será necesario copia compulsada
del DNI o NIF de cada uno de los miembros de la unidad familiar mayor de 18
años, libro de familia, certificado de número IBAN de la cuenta donde se desea
recibir el importe de la ayuda, declaración responsable de que todos los
miembros de la unidad familiar están al corriente de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, autorización a recabar datos de la
Agencia Estatal de la Administración Tributaria y declaración responsable de no
haber recibido otra ayuda para la misma finalidad. No deberá adjuntarse ninguna
documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar.















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