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LOS ECUATORIANOS ESTÁN LLAMADOS A LAS URNAS EL PRÓXIMO DOMINGO 21 DE ABRIL

 


El domingo 21 de abril, de 09h00 a 19h00, la comunidad ecuatoriana en España ejercerá su derecho al voto respecto al REFERÉNDUM Y CONSULTA POPULAR 2024 convocado por el Gobierno Nacional. Para llevar a cabo el proceso en España, están habilitados para votar 184.470 ciudadanos, conforme a su inscripción en el padrón electoral del exterior hasta 9 de enero de 2024, fecha de última actualización realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE). El territorio español cuenta con 19 recintos electorales habilitados para este proceso. Los ciudadanos pueden consultar su centro y mesa de votación en el siguiente enlace:

https://app02.cne.gob.ec/consultaregistroelectoral/

En el caso de la Región de Murcia podrán participar un total de 29.612 ecuatorianos que constan en el padrón electoral, los centros de votación están localizados en cuatro ciudades, Murcia, Lorca, Cartagena y Jumilla, con la finalidad de brindar acceso y servicio a quienes se presenten a ejercer su derecho a voto. Los recintos electorales estarán ubicados en:  Murcia: Auditorio y Centro de Congresos Víctor Villegas ubicado en Av. Primero de Mayo, s/n. - Lorca: Institución ferial IFELOR, en Calle Santa Quiteria, 28. - Cartagena: Hotel Los Habaneros, ubicado en Calle San Diego, 60. - Jumilla: Hotel Monreal, ubicado en Calle Dr. Fleming, 6.

Es importante tener en cuenta que, para ejercer el voto los ciudadanos deberán presentar su cédula o pasaporte ecuatoriano; la no vigencia de estos documentos no impedirá el ejercicio del derecho al sufragio. En el caso de que, los ciudadanos no hayan solicitado el cambio de domicilio electoral hasta el 9 de enero de 2024, no podrán ejercer su derecho al voto. Para participar en próximos procesos electorales, deberán actualizar su domicilio electoral ante el Consejo Nacional Electoral de manera virtual o en su Consulado más próximo de manera presencial. El cambio de domicilio electoral se puede realizar en:

https://votoenelexterior.cne.gob.ec/cambio-de-domicilio-electoral/

Es importante recordar que, de conformidad con el artículo 62.2 de la Constitución de la República del Ecuador, el voto en el exterior no es obligatorio. Para información sobre cómo gestionar el certificado de votación se puede consultar en:

https://www.cne.gob.ec/certificado-de-votacion/

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