EL EJECUTIVO REGIONAL DA EL VISTO BUENO AL CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES A EFECTOS LABORALES PARA 2025
El Consejo de Gobierno, a
propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, ha
dado el visto bueno al calendario de días inhábiles a efectos laborales para el
año 2025.
En el calendario laboral
existen 14 festivos al año, con dos festividades locales que corresponde
designar a los ayuntamientos.
Las otras 12 festividades
son nacionales, con la posibilidad de que las comunidades autónomas establezcan
otras de carácter propio a costa de la supresión de alguna de las nacionales.
Las festividades nacionales
son 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Reyes), 19 de marzo (San José), Jueves
Santo, Viernes Santo, 1 de mayo (Día del Trabajo), 15 de agosto (Virgen de la
Asunción), 12 de octubre (Fiesta Nacional), 1 de noviembre (Todos los Santos),
6 de diciembre (Día de la Constitución), 8 de diciembre (la Inmaculada) y 25 de
diciembre (Navidad).
En el caso de la Región de
Murcia, la festividad autonómica a tener en cuenta es la del 9 de junio, día en
el que se conmemora la promulgación del Estatuto de Autonomía.
Así, en la Región de Murcia
el próximo año se celebrará como festivo el lunes 9 de junio, en sustitución
del día 13 de octubre, lunes siguiente al domingo 12 de octubre (Fiesta
Nacional).
Posteriormente, los 45
municipios de la Región determinarán los dos días con carácter de fiestas
locales que por tradición les sean propias, quedando conformado de esta manera
el calendario laboral completo para el próximo año.
El calendario laboral de la
Región de Murcia debe ser publicado en el BORM y remitido al Ministerio de
Trabajo y Economía Social con anterioridad al día 30 de septiembre, a fin de
publicar el calendario laboral de todo el Estado.
















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